Comercio · Bizkaia
Verificado con fuente oficialFiniquito según el Comercio en general de Bizkaia
Calculadora que aplica las condiciones de este convenio en lugar de los mínimos genéricos del Estatuto de los Trabajadores.
Vacaciones
30 días naturales
Pagas extra
3 al año
Preaviso baja voluntaria
No lo fija el convenio Rige la costumbre del lugar (art. 49.1.d ET)
Lo que ya has generado
Por perder el empleo
Desglose del finiquito
Cómo sale la indemnización
i Son importes brutos. El finiquito tributa y cotiza como salario; la indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 € dentro de los límites del Estatuto (art. 7.e de la Ley 35/2006).
Qué dice el Comercio en general de Bizkaia
Es un convenio de ámbito provincial que se aplica en la provincia de Bizkaia. Cubre aproximadamente 45.000 trabajadores.
De un convenio, para calcular el finiquito, importan tres cosas: cuántos días de vacaciones reconoce (las no disfrutadas se pagan), cuántas pagas extra hay al año (su parte proporcional entra en el finiquito) y si mejora la indemnización legal por despido.
Este convenio no recoge una indemnización superior a la legal, así que se aplican los días del Estatuto según la causa: 33 por año en el despido improcedente, 20 en el objetivo y 12 al terminar un contrato temporal. Ver la guía completa.
Comercio en Bizkaia: qué lo diferencia
El comercio de Bizkaia se rige por un convenio sectorial propio con vigencia de 2023 a 2026 y que ya consta como denunciado a 31 de diciembre de 2026, de modo que durante 2027 se negociará el siguiente. Reparte tres gratificaciones: las semestrales de julio y diciembre, que se abonan el día 15 de cada mes, y una tercera de marzo que sustituye a la antigua paga de beneficios y se paga en el primer trimestre. Todas se devengan en proporción al tiempo trabajado, algo que se nota mucho en el finiquito de quien sale a mitad de año. Las vacaciones son de treinta días naturales, se disfrutan entre junio y septiembre en turnos rotativos y empiezan en un día que no sea festivo ni víspera de festivo. Al cesar durante el año conservas la parte proporcional. Otra particularidad es el plus por tiempo de servicio, que se devenga por cuatrienios, hasta un máximo de diez, y que incrementa la base sobre la que se calculan las pagas. El texto no fija un preaviso propio para dimitir, así que rige la costumbre del lugar.
Cómo se trabaja en comercio
En el comercio conviven jornadas completas con muchísimo contrato a tiempo parcial, y una parte del salario suele depender de comisiones o incentivos por objetivos. Los picos de campaña —rebajas, Navidad, Black Friday— generan horas complementarias que a menudo no se liquidan bien al terminar el contrato.
Los errores más caros en un finiquito de comercio
Estos son los fallos que más se repiten en este sector. Comprueba cada uno antes de firmar nada.
- Olvidar las comisiones devengadas y no cobradas. Si cerraste ventas que se liquidan el mes siguiente, esa parte entra en el finiquito.
- Calcular el finiquito de un contrato parcial con el salario de jornada completa, o al revés. En parcial todo se prorratea según el porcentaje de jornada.
- No contar las horas complementarias de campaña, que se pagan como ordinarias y cotizan.
- Dar por buenos los días de vacaciones que dice la empresa sin comprobar los generados de forma proporcional.
Pluses que se suelen olvidar
Estos conceptos son habituales en comercio y entran en el cálculo si los cobras de forma regular. Repasa tus últimas nóminas y súmalos en el apartado "otros importes pendientes" de la calculadora.
Comisiones e incentivos por objetivos de venta
Plus de domingos y festivos de apertura autorizada
Plus de transporte
Quebranto de moneda, en puestos de caja
Qué hemos contrastado y qué no
No publicamos un dato como bueno hasta haberlo leído en su fuente oficial. Este es el estado exacto de este convenio, campo por campo.
| Dato | Estado | Fuente |
|---|---|---|
| Días de vacaciones | Contrastado | art. 18: 30 días naturales retribuidos, entre junio y septiembre; parte proporcional al cesar en el año · Convenio Colectivo sectorial de Comercio en General de Bizkaia 2023-2026 (BOB nº 123, 26-jun-2024) Revisado el 2026-10-20 |
| Pagas extra al año | Contrastado | art. 8: dos pagas semestrales (julio y diciembre, día 15) y una tercera de marzo, todas en proporción al tiempo trabajado · Convenio Colectivo sectorial de Comercio en General de Bizkaia 2023-2026 (BOB nº 123, 26-jun-2024) Revisado el 2026-10-20 |
| Indemnización del convenio | Contrastado | Sin mejora sobre el Estatuto localizada en el articulado; el texto tampoco fija preaviso de baja voluntaria · Convenio Colectivo sectorial de Comercio en General de Bizkaia 2023-2026 (BOB nº 123, 26-jun-2024) Revisado el 2026-10-20 |
Fuente principal: Convenio Colectivo sectorial de Comercio en General de Bizkaia 2023-2026 (modificación publicada en el BOB nº 123, 26-jun-2024)
Última revisión: 2026-10-20 · Datos referidos al año 2026. Los convenios se renegocian periódicamente: si ves algo desactualizado, avísanos con el enlace al boletín oficial y lo corregimos.
Los convenios se renegocian periódicamente. Si ves que este dato está desactualizado, avísanos y lo corregimos.
Otros convenios
Comercio
Comercio de la Comunidad de Madrid
Comercio
Comercio de Cataluña (subsectores sin convenio propio)
Construcción
Convenio General del Sector de la Construcción
Hostelería
Hostelería de la Comunidad de Madrid
Hostelería
Hostelería de la provincia de Barcelona
Oficinas y despachos
Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid