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¿Cuánto te deben al dejar tu trabajo?

Rellena tres datos y te decimos, concepto a concepto, qué te corresponde — aplicando tu convenio, no solo el mínimo legal.

El total anual antes de impuestos, incluyendo pagas extra y pluses fijos. Lo tienes en tu contrato o sumando 12 nóminas más las extras.

Ajustar convenio, vacaciones y pagas extra

Ajusta automáticamente las vacaciones y las pagas extra.

De los 30 que te corresponden al año.

Horas extra, comisiones o pluses ya generados y sin cobrar.

Gratis, sin registro y sin enviar tus datos a ningún servidor.


Total a percibir (bruto)
0 €
Finiquito

Lo que ya has generado

Indemnización

Por perder el empleo

Desglose del finiquito

Cómo sale la indemnización

Por extinción del contrato

i Son importes brutos. El finiquito tributa y cotiza como salario; la indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 € dentro de los límites del Estatuto (art. 7.e de la Ley 35/2006).

Te corresponde siempre

El finiquito

Lo que ya has ganado y todavía no has cobrado: los días trabajados del mes, las vacaciones que no disfrutaste y la parte proporcional de las pagas extra. Lo cobras aunque te vayas voluntariamente.

Solo si te despiden

La indemnización

La compensación por perder el empleo. Su importe depende de la causa: 33 días por año si el despido es improcedente, 20 si es objetivo y 12 al terminar un contrato temporal.

i Es habitual que la empresa te dé un solo papel con todo mezclado. Sepáralo: son dos cosas distintas y firmarlas juntas puede costarte dinero.

La diferencia

Por qué aquí te sale otra cifra

Aplica tu convenio

Las demás calculadoras terminan diciendo "depende de tu convenio" y ahí lo dejan. Nosotros lo aplicamos: vacaciones, pagas extra e indemnizaciones mejoradas de tu sector y provincia.

Contratos anteriores a 2012

Aplicamos el régimen transitorio del Estatuto: 45 días por año hasta el 12/02/2012 y 33 desde entonces. Con 20 años de antigüedad la diferencia son decenas de miles de euros.

Con el artículo que lo respalda

Cada concepto viene con la norma que lo ampara, para que puedas contrastar el papel que te da la empresa en lugar de firmarlo a ciegas.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?

El finiquito es lo que ya has ganado y aún no has cobrado: días trabajados del mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra. Te corresponde siempre, incluso si te vas voluntariamente.

La indemnización compensa la pérdida del empleo. Solo la cobras si te despiden o si termina un contrato temporal.

¿Tengo que pagar impuestos por lo que cobre?

El finiquito sí: tributa y cotiza como salario normal. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 €, siempre que no supere el importe que marca el Estatuto (art. 7.e de la Ley 35/2006). Lo que exceda de esos límites sí tributa.

Ya firmé el finiquito. ¿Puedo reclamar igualmente?

Sí. Firmar el finiquito no supone renunciar a impugnar el despido, sobre todo si escribes "no conforme" junto a tu firma. El plazo para demandar es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos, sin contar sábados, domingos ni festivos. Es un plazo de caducidad: si se pasa, se pierde el derecho.

¿Cómo sé cuál es mi convenio colectivo?

Suele figurar en tu contrato y en la cabecera de tu nómina. Si no aparece, depende de la actividad de la empresa y de la provincia donde trabajas. Puedes localizarlo en el buscador oficial del Ministerio de Trabajo o preguntando a tu representante sindical.

¿Guardáis los datos que introduzco?

No. El cálculo se ejecuta íntegramente en tu navegador: tu salario, tus fechas y tu situación laboral no se envían a ningún servidor ni quedan almacenados en ningún sitio. Puedes comprobarlo desactivando la conexión después de cargar la página: la calculadora sigue funcionando.