Fin de contrato temporal: qué te corresponde

Cuando un contrato temporal llega a su fecha de fin no es un despido, pero sí hay dinero que te deben. Esta es la diferencia entre lo que es un finiquito y lo que es una indemnización, y cuándo la tienes.


La indemnización de 12 días por año

El artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores dice que, al terminar un contrato temporal, tienes derecho a una indemnización equivalente a la parte proporcional de 12 días de salario por cada año de servicio. Se calcula de forma proporcional: si trabajaste seis meses, te corresponde la mitad de esos 12 días.

Hay dos excepciones: el contrato de interinidad (sustitución de otra persona) y los contratos formativos, donde el Estatuto no prevé esta indemnización. Además, tu convenio colectivo puede fijar una cantidad distinta; si es inferior a la legal, se aplica la del Estatuto.

= Indemnización = salario diario × 12 × (días trabajados ÷ 365)

Ejemplo: con un salario diario de 60 € y 9 meses trabajados (273 días), salen 60 × 12 × 273 ÷ 365 = 538,52 € brutos de indemnización, además del finiquito.

Además del finiquito

La indemnización es aparte de la liquidación normal. Al terminar el contrato también te deben:

  • Los días trabajados pendientes de pago.
  • Las vacaciones no disfrutadas, que si el contrato dura menos de un año se calculan proporcionalmente.
  • La parte proporcional de las pagas extra, si no van prorrateadas.

Algunos convenios mejoran estos puntos. Por ejemplo, en la hostelería de Alicante, si el contrato temporal termina pasado el año natural en que empezó, tienes derecho a compensar las vacaciones del año de ingreso y del año del cese.

Preaviso en contratos de más de un año

Si tu contrato temporal dura más de un año, la parte que decide no renovarlo debe avisar a la otra con al menos 15 días de antelación (art. 49.1.c ET). Si la empresa no te avisa a tiempo, puede deberte los días de salario que falten para completar ese preaviso.

Límites de los contratos temporales

Desde la reforma laboral de 2022 la contratación temporal está mucho más acotada. El contrato por obra o servicio desapareció y los que quedan son sobre todo el contrato por circunstancias de la producción, de duración limitada, y el de sustitución. Si encadenas contratos temporales sin causa real, la empresa puede estar incumpliendo la ley y tu puesto podría considerarse indefinido.

¿Tengo derecho a paro?

Sí: el fin de un contrato temporal es una situación legal de desempleo. Necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años y solicitarlo en el plazo de 15 días hábiles. Puedes estimar la duración con la calculadora de paro y leer la guía sobre cómo solicitarlo.

! Comprueba en tu convenio cómo calcula la empresa la indemnización: algunas cuentan solo el salario base y no los pluses. Si no te cuadra, reclama por escrito; tienes un año para hacerlo (art. 59 ET).

Calcula tu finiquito

Selecciona "fin de contrato temporal" y la calculadora suma la indemnización de 12 días por año al finiquito.

Calcular mi finiquito →

Fuente: artículos 49.1.c y 59 del Estatuto de los Trabajadores. Consultar en el BOE.